Nueva Dirección de Trámites de Construcción -DTC en El Salvador

Escrito por: Gustavo Vega

 

Lo que debes conocer, hasta ahora, sobre su creación.

 

Por este medio hacemos de su conocimiento que el Órgano Ejecutivo a través de la Presidencia de la Republica ha creado por ley la Dirección de Trámites de Construcción (en adelante “DTC”).

La DTC será la oficina encargada de centralizar trámites y permisos necesarios para proyectos de construcción y urbanización en el país.

Dentro de sus objetivos están promover el desarrollo económico y social del sector construcción. La ley fue promulgada el pasado 27 de febrero en el Diario Oficial No. 30, Tomo No. 438, de fecha 13 de febrero de 2023, que contiene el Decreto Ejecutivo No. 6, por la cual fue creada la DTC.

La creación de esta nueva oficina esta ampara en las facultades otorgadas por la Ley de Procedimientos Administrativos, así como de la Ley de Mejora Regulatoria, que habilitan al Ejecutivo para crear ventanillas únicas destinadas a centralizar y facilitar la intervención de distintas instituciones de gobierno, que intervienen en un proceso, simplificando a la ciudadanía la interacción con las instituciones públicas.

Para dar a conocer de forma sintetizada el contenido del Decreto Ejecutivo No. 6, a continuación, hemos preparado un listado con las principales dudas que puedan surgir por la creación de la DTC esperando sea de utilidad para los distintos actores de los sectores de la construcción y proyectos de desarrollo urbano:

¿Qué será la DTC?

  • Será una oficina, tanto física como virtual, con competencias generales para los trámites relacionados para la construcción y urbanización. Es importante la calidad de virtual, ya que podrán gestionarse de esta forma las solicitudes.
  • La DTC brindará sus servicios a través de su página web en el siguiente enlace: https://dtc.gob.sv, si bien aún no se encuentra disponible, entendemos que estará listo próximamente a medida se vaya anunciando y se oficialice la formación de la DTC por parte del Ejecutivo.
  • Brindará atención a los usuarios a través de una plataforma digital y además tendrá personal para dar asistencia a los usuarios respecto del uso de la plataforma, así como asesoría sobre los tramites.
  • La DTC es un organismo especializado con autonomía, que estará adscrita a la Presidencia de la República.

¿Qué tramites gestionará la DTC?

  • Factibilidades
  • Autorizaciones
  • Pronunciamientos
  • Permisos
  • Recepción de Obras; y
  • Otros Trámites relacionados a las construcciones

¿Qué proyectos atenderá la DTC?

Esta oficina estará enfocada a los permisos de construcción y urbanización, a nivel nacional para usos:

  • Comercial
  • Habitacional
  • Equipamiento social

¿De qué se encargará la DTC?

  • Será la oficina única encargada de recibir la presentación de solicitudes de tramites de construcción, gestionarlos y notificarlos a los solicitantes, centralizando en una sola oficina la presentación de solicitudes para hacerlo más eficiente y ágil, ya que implican la interacción con distintas instituciones para emitir permisos.

¿Cuáles serán las instituciones resolutorias de las solicitudes que se presenten ante la DTC?

Como se indica, la DTC estará integrada por delegados técnicos permanentes de:

  • Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillados (ANDA)
  • Autoridad Salvadoreña del Agua
  • Centro Nacional de Registros (CNR)
  • Cuerpo de Bomberos de El Salvador
  • Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas
  • Ministerio de Cultura
  • Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN)
  • Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT)
  • Ministerio de Salud
  • Ministerio de Trabajo y Previsión Social
  • Ministerio de Vivienda
  • Pudiéndose incorporar otras

Dichas Instituciones de la DTC ejercerán las facultades del trámite que les corresponda, realizando las coordinaciones interinstitucionales, así como las inspecciones conjuntas, a efecto de resolver los trámites enunciados anteriormente.

No obstante, los trámites en proceso presentados a las instituciones integrantes de la DTC, previo a la entrada en vigor del presente Decreto, serán resueltos y atendidos por cada institución según el área de competencia y sus procedimientos internos.

¿Quién dirigirá la DTC?

Será dirigida por el titular del Ministerio de Vivienda, quien ejercerá el cargo de presidente del Consejo Directivo (en delante “CD”) de la DTC, que consta de siete miembros.

Además, contará con unidades técnicas y de gestión. Los miembros del consejo directivos serán los titulares o delegados de:

  • Ministerio de Vivienda (Presidencia del CD)
  • Secretaría de Comercio e Inversiones de la Presidencia
  • Autoridad Salvadoreña del Agua
  • Centro Nacional de Registros (CNR)
  • Ministerio de Cultura
  • Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN)
  • Ministerio de Obras Públicas y Transporte (MOPT)

Periodo de Función: 3 años, con posibilidad de ser nombrados por un periodo más

¿Cómo se tomarán las decisiones en la DTC?

  • Deberán concurrir al menos 4 miembros de los 7 y tomarán las decisiones por mayoría simple.
  • En caso de empate, la Presidencia del Consejo tendrá voto de calidad.

¿Qué se espera de la DTC?

Conforme la ley emitida, la DTC deberá:

  • Mejorar procesos de resolución, tramites y permisos de construcción
  • Estandarizar plazos y reducir tiempos de respuesta a los tramites
  • Estandarizar procedimientos y formularios para los permisos
  • Difundir información oportuna respecto de los requisitos y tramites que deberá facilitar la DTC
  • Existirá una plataforma única virtual (informática) de fácil acceso que a los servicios

De momento, aun nos encontramos atentos a futuros anuncios o y actos correspondientes para oficializar la creación y apertura de la DTC por parte de las autoridades de gobierno.

Estaremos informando al momento en que se habilite la plataforma web y se pueda conocer con mayor detalle sobre los requisitos para todos los trámites que se podrán realizar ante la DTC.

El referido decreto que como indicamos fue publicado en Diario Oficial de fecha 13 de febrero de 2023, según se estableció en su Art. 24 su entrada en vigor sería ocho días después de su publicación en el Diario Oficial. En consecuencia, a la fecha de su promulgación oficial dicho decreto ya está vigente.

Para cualquier consulta adicional, favor comunicarse con: Licenciado Gustavo Vega (gvega@valeriad3.sg-host.com) y/o Doctor Diego Martín (dmartin@valeriad3.sg-host.com).