Actualización de categorías migratorias de visa y nuevo procedimiento para visas consultadas en Nicaragua

El 13 de febrero de 2026, el Ministerio de Interior ha emitido la Disposición 002-2026 mediante la cual se actualiza el listado oficial de países cuyos ciudadanos requieren o no visa para ingresar a Nicaragua, disposición que entró en vigencia el 16 de febrero de 2026.

Esta actualización reviste especial relevancia, ya que desde el año 2015 no se publicaba un documento de alcance general que sistematizara las categorías migratorias de ingreso conforme a la nacionalidad del visitante. En ese sentido, el documento constituye una referencia clave tanto para ciudadanos extranjeros que planean viajar o residir en Nicaragua, como para empresas y asesores que gestionan movilidad internacional.

Entre los ajustes más relevantes, la disposición establece que los ciudadanos mexicanos y peruanos, portadores de pasaportes ordinarios, pasan a ser clasificados como extranjeros Categoría “C”, lo cual implica que deben solicitar visa previa para ingresar al país, sujeta a aprobación directa de la Dirección General de Migración y Extranjería.

Asimismo, el Ministerio de Interior habilitó un nuevo procedimiento para solicitar visas de ingreso consultadas (Categoría “C”), aplicable a ciudadanos que pertenecen a estas nacionalidades.

El procedimiento consiste, en términos generales, en:

    • Registrarse en plataforma especial con un correo electrónico válido en: tramitesconsulares.mint.gob.ni
    • Completar el formulario de la plataforma con información personal y del viaje.
    • Adjuntar fotografía tipo pasaporte con el rostro completamente de frente, fondo liso, sin lentes oscuros, sombreros ni gorras; y adjuntar un escáner de la hoja de biodatos del pasaporte.
    • Migración revisará la solicitud y enviará un correo con el link para realizar el pago de la visa consultada.
    • Esperar la notificación electrónica de que la visa fue autorizada.
    • Descargar e imprimir la visa para tenerla a mano durante el viaje.
    • Es posible verificar la visa en el siguiente link: https://evisa-verifica.mint.gob.ni/public/verificar_visa
    • La visa estará vigente por 30 días desde su notificación.

La implementación de este procedimiento representa una optimización relevante de las obtenciones de visas consultadas, ya que reduce desplazamientos innecesarios a sedes consulares, situación que en el pasado implicaba costos logísticos y operativos significativos, especialmente para extranjeros ubicados en países sin representación consular cercana.

Desde una perspectiva práctica, estos cambios refuerzan la importancia de planificar con mayor anticipación los viajes a Nicaragua, así como de verificar oportunamente los requisitos migratorios aplicables, preferiblemente con el acompañamiento de un abogado especializado en derecho migratorio, a fin de evitar retrasos o inconvenientes en el ingreso al país.

Link de Disposición Nº 002-2026: https://www.mint.gob.ni/migracion/disposicion-n-002-2026-cambio-de-categorias-migratorias-de-visa-para-ingresar-a-nicaragua/

Link de plataforma para solicitud de visa: https://tramitesconsulares.mint.gob.ni/

Link para verificar visa: https://evisa-verifica.mint.gob.ni/public/verificar_visa

Ejemplo de Visa: