Costa Rica: Nuevas obligaciones ante SUGEF para las actividades descritas en los artículos 15 y 15 bis de la Ley 7786

La circular SGF-1153-2020 establece los pasos a seguir para que los sujetos inscritos ante la SUGEF que realicen algunas de las siguientes actividades descritas en los artículos 15 y 15 bis de la Ley 7786, las cuales comprenden: desarrolladores de proyectos inmobiliarios, corredores, intermediarios, promotores, comerciantes de metales y piedras preciosas, casinos, organizaciones sin fines …

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