Escrito por Jean Paul Aguirre
Las personas y empresas contribuyentes pueden enfrentar actos, resoluciones u órdenes por parte de las autoridades tributarias con los que no estén de acuerdo. Es destacable el incremento de la actividad fiscalizadora en materia tributaria que se ha observado en Nicaragua durante la pandemia, la cual ha derivado en un aumento de cobros, auditorías y reparos. Ante ello, conviene repasar las opciones legales que tienen los contribuyentes para objetar aquellos que consideren no se ajustan a las reglas aplicables.
El ordenamiento jurídico nicaragüense reconoce una amplia variedad de recursos administrativo y judiciales a través de los cuales todo contribuyente puede exigir la protección de sus derechos legales y constitucionales. Los tipos de recursos, plazos y etapas varían en dependencia de la autoridad administrativa en contra de la cual estamos recurriendo, así como la legislación sustantiva y procesal también difiere en cada caso concreto. A continuación, se mencionarán algunos de los diferentes procesos que un contribuyente puede impulsar para la protección de sus derechos.
1.Recursos administrativos ante la Dirección General de Ingresos:
De conformidad con lo regulado en los artículos 97 al 99 del Código Tributario de la República de Nicaragua, el contribuyente podrá hacer uso de los recursos de reposición, revisión y apelación para impugnar los actos de la Administración Tributaria.
2. Recursos administrativos ante la Dirección General de Servicios Aduaneros:
De conformidad con lo regulado en los artículos 623 y 625 del Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano (RECAUCA), los contribuyentes podrán hacer uso de los recursos de revisión y apelación en contra las resoluciones o actos finales de la Administración Tributaria Aduanera.
3. Recursos administrativos ante las Alcaldías Municipales:
De conformidad con lo regulado en el artículo 40 de la Ley de Municipios, los contribuyentes podrán interponer los recursos de revisión y apelación en contra de los actos dictados por la Administración Tributaria Municipal
4. Recursos en vía judicial:
Una vez agotada la vía administrativa, los contribuyentes podrán hacer uso de las acciones judiciales contempladas en la Ley de Regulación de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo (Demanda Contenciosa Administrativa) y la Ley de Justicia Constitucional (Recurso de Amparo).
Según el tipo de impuesto, las opciones señaladas estarán disponibles en las instancias correspondientes. Cada proceso está sujeto a sus propias particularidades, requisitos, plazos y reglas. Esta variedad de complejos procesos administrativos y judiciales en materia tributaria, hace necesario evaluar las características propias del caso para definir la mejor estrategia de defensa con el equipo especialista asesor.
Una asesoría fiscal integral no se limitará al acompañamiento en los recursos antes señalados, sino que también puede procurar mejorar la posición legal de la empresa mediante una intervención temprana antes de la resolución. Ello se puede lograr mediante auditorías legales que valoren los posibles riesgos y contingencias de la empresa. También, incorporándose en un acompañamiento en las etapas previas a los reparos, como podría ser al momento de auditoría o fiscalización o incluso en la impugnación inicial de cargos. Ello contribuye a mejorar las probabilidades de éxito.
De igual manera, es importante mencionar que, agotados los recursos en Nicaragua, nuestro ordenamiento jurídico también contempla – cumpliéndose ciertas condiciones – la posibilidad de impulsar mecanismos de impugnación ante instancias internacionales (E.g. Corte Centroamericana de Justicia); sin embargo, este será un tema que abordaremos en una próxima edición.
Nuestra experiencia en procesos administrativos y judiciales en el ámbito fiscal nos dice que la intervención preventiva o temprana en el caso de auditorías tributarias, permite reducir las contingencias a las que puede estar expuesta una empresa. Ello puede mejorar la posición de defensa de la empresa en caso de recurrir a alguno de los recursos expuestos en el presente artículo.