Nueva guía tributaria para identificar paraísos fiscales y territorios de baja o nula tributación en El Salvador

Recientemente, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) ha emitido la “Guía de Orientación para Facilitar el Reconocimiento de Países, Estados o Territorios con Regímenes Fiscales Preferentes y Tratamiento Tributario” aplicable al ejercicio fiscal 2026.

En cumplimiento del art. 62-A del Código Tributario, cada septiembre, la DGII publica el listado de países, estados o territorios clasificados como paraísos fiscales o de baja o nula tributación.

Algunas de las modificaciones destacadas para este 2026 son:

    • Nuevas incorporaciones como territorios de baja tributación: Bermudas, que en 2025 figuraba en el listado de nula tributación, ahora se incluyen como territorios de baja tributación.
    • Eliminaciones del listado: Eslovenia y Unión de las Comoras ya no figuran como territorios de baja tributación.
    • Han salido del listado de territorios de nula tributación: Isla Norfolk, San Maarten y Bermudas, para pasar al listado de baja tributación.

Se actualizan las referencias a los informes de la OCDE y el GAFI, incluyendo los resultados más recientes de la Acción 5 del Plan BEPS que identifica a 332 regímenes revisados a inicios de febrero de 2025.

También se mantiene la postura de que ni la OCDE ni el GAFI publican listas taxativas de paraísos fiscales, pero se refuerza el enfoque en la transparencia, sustancia económica y cooperación internacional.

Como ha sucedido en años anteriores, la Guía Tributaria señala que quedan incluidas en los listados de Nula o Baja Tributación (según aplique), aunque no estén calificados expresamente como tal, todas aquellas entidades que:

    • Disfruten de exención del Impuesto sobre la Renta u otros gravámenes de naturaleza similar, o que estén sujetas a un Impuesto calculado sobre ingresos o renta neta imponible inferior al 80% del Impuesto sobre la Renta que se pagaría en El Salvador.
    • Esten amparadas por ley o Disposición Administrativa en un régimen fiscal preferente de baja o nula tributación, tales como: compañía holding, sociedades principales, empresas auxiliares o mixtas, empresas de servicios, sucursales de finanzas o poder financiero, sociedades gestoras de patrimonio familiar, Sedes de Empresas Multinacionales (SEM), fideicomisos internacionales, trusts, Compañías de Responsabilidad Limitada (LLC), empresas de arrendamiento financiero internacional (leasing), Fundaciones de Interés Privado, Corporaciones Internacionales de Negocios (IBC) y otras similares.

Es imprescindible conocer los listados de jurisdicciones con regímenes fiscales preferentes de baja o nula tributación, ya que realizar operaciones con entidades domiciliadas en estos territorios conlleva la obligación de aplicar las reglas de Precios de Transferencia, la retención del Impuesto sobre la Renta (25%) y la deducibilidad de pérdidas, intereses, comisiones y otros pagos financieros.

Para más información, pueden contactarnos a taxelsalvador@consortiumlegal.com