Desarrollo de una franquicia nacional en Nicaragua

Las franquicias son un medio de adquirir un negocio con una alta posibilidad de éxito. Con el paso del tiempo se vuelve una manera óptima para obtener un negocio con la menor cantidad de riesgos posibles y el apoyo de un equipo profesional. 

Cada vez es más común tener, dentro de nuestro comercio, más franquicias de origen extranjero, pero, lo que no ha sido muy común son las franquicias nacionales.

En el país contamos con negocios conocidos y de éxito a nivel nacional que establecen sucursales continuamente, pero que no han incursionado en franquiciarlo. Si se desea franquiciar un negocio se requiere una revisión del modelo que utilizan actualmente, incluyendo los aspectos regulatorios, legales, marcarios y el apoyo de un equipo legal multidisciplinario que le permita identificar los puntos de mejora previo a incursionar en ser franquiciante.

Los aspectos para tomar en cuenta deben ser tanto legales como de negocios. En el tema legal, es importante señalar que el contrato de franquicia es uno atípico que se basa en el principio de la autonomía de la voluntad y que se caracteriza por ser oneroso, consensual, de cooperación entre las partes. Puede ser bilateral o multilateral, pero siempre basado en el principio de la voluntad. Además, es considerado un contrato complejo ya que para su elaboración conlleva otros contratos, como lo son el contrato de distribución, la licencia de uso de una marca, contrato de suministro, contrato de colaboración, entre otros. Esta lista puede ampliarse en dependencia de la complejidad del contrato, a temas incluso de utilización de patentes.

Ventajas de franquicias nacionales

En lo que se refiere a franquicias nacionales, debemos destacar que una ventaja de lograr desarrollar este tipo de negocio a nivel nacional es que el franquiciante estará a disposición de apoyar al franquiciado de una manera más expedita y personalizada y sin incurrir en gastos adicionales que posteriormente tenga que pagar el franquiciado. Además, les permite tener una relación más estrecha y que sea más sencillo el proceso del establecimiento de la franquicia. Esto sin olvidar que, en un contrato de franquicia, las partes son independientes, no poseen una relación laboral; esta misma falta de subordinación impide que se califique como una relación empleado- empleador.

En temas de calidad del producto e imagen de la franquicia, es el franquiciante quien se reserva el derecho de proveer la mayor parte de los insumos, productos terminados, equipos, mobiliario y material publicitario a sus franquiciados o bien aprobarlos. Esto se realiza con el fin de mantener siempre una uniformidad en la imagen de sus establecimientos, de su personal, de los productos que comercializa, así como una adecuada estandarización de sus operaciones y de los niveles de servicio, lo cual debe quedar estipulado en el contrato de franquicia. Además, al ser una franquicia nacional, se busca lograr una relación con los proveedores originales del franquiciante dado que este es un aporte importante que permite el establecimiento de la franquicia en un menor tiempo.

En el período inmediatamente posterior a la firma del contrato de franquicia, el franquiciante puede comprometerse a apoyar al franquiciado en la selección del lugar, las negociaciones del arriendo, la adquisición del equipo, selección de inventario inicial y promociones inaugurales.

En los esfuerzos publicitarios, cuando la franquicia es nacional, puede incluso establecerse en el contrato de franquicia compartir gastos de manera proporcional, lo cual sería un beneficio para el franquiciado.

De lo anterior, se desprende que la relación entre el franquiciante y el franquiciado debe ser siempre cercana y de confianza para que la franquicia a desarrollarse pueda tener éxito.

Regulación de la Franquicia

En Nicaragua el contrato de franquicia no se encuentra regulado más que por la voluntad de las partes, siempre que no contradiga la legislación nacional.

Dicho esto, sí deberíamos tomar en cuenta los siguientes aspectos mínimos:

    1. La elaboración de un contrato de franquicia;
    2. La inscripción del franquiciado como comerciante;
    3. De ser necesario, la constitución de una sociedad por parte del franquiciado, la que debe estar inscrita;
    4. Estar inscrito en la Dirección General de Ingresos y Alcaldía para el pago de los tributos correspondientes.

Para la elaboración de un contrato de franquicia, es importante que las partes puedan contar con asesoramiento especializado en las diversas áreas legales que se encuentran dentro de este contrato, a saber: propiedad intelectual, derecho mercantil, resolución de conflictos, fiscal, entre otras.  

Asimismo, para la inscripción como comerciante y la constitución de una sociedad se debe contar con el apoyo de abogados corporativos y para la inscripción en la Dirección General de Ingresos y Alcaldía respectiva, con abogados tributarios.

El apoyo legal multidisciplinario y especializado permitirá que las negociaciones entre las partes surjan de manera efectiva, por lo que sugerimos que, si desean hacer de su negocio una franquicia, contacte a los profesionales apropiados para llevar a cabo este proyecto con éxito.