Nuevos lineamientos para el egreso de niños, niñas y adolescentes de territorio guatemalteco

Escrito por: Cristina Sandoval

 

El día de hoy fueron publicadas, en el Diario Oficial, algunas reformas al Reglamento General del Código de Migración guatemalteco en donde se estipulan, entre otros temas, nuevos lineamientos para el egreso de niños, niñas y adolescentes de territorio guatemalteco.

 

Los NNA guatemaltecos que egresen deben hacerlo en compañía de sus padres o de quien ejerza la representación legal. En caso de que egresen solos, acompañados de un tercero o con solo uno de sus padres, deberán portar una autorización que debe cumplir con lo siguiente: 

 

  1. Debe determinar las personas que puedan acompañarlos;
  2. Vigencia;
  3. Presentar original y copia del documento que acredita patria potestad, guardia y custodia o tutela y certificado de nacimiento o resolución judicial;
  4. En caso de que uno o ambos padres se encuentren fuera de Guatemala, la autorización se debe realizar ante la Misión Diplomática o Consular de Guatemala acreditada en el exterior, legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, así como fotocopia del documento de identificación de la persona que se encuentra fuera de Guatemala y certificado de nacimiento del menor.
  5. Debe estar contenida en:
      • Carta poder con legalización de firmas;
      • Acta Notarial;
      • Testimonio o copia simple legalizada de escritura pública (mandato);
      • Documento consular legalizado o apostillado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala;
      • Certificación del documento emitido por órgano jurisdiccional. 

Esta autorización se presenta ante las Delegaciones de Control Migratorio Aéreas, Marítimas y Terrestres de la Subdirección de Control Migratorio.  

 

En el caso de los NNA extranjeros, podrán egresar del territorio nacional si portan la documentación de identificación que emitió en su país de origen o residencia.  

 

Para más información, contactarnos al correo csandoval@valeriad3.sg-host.com