Se publica Reglamento para la condonación de recargos, multas e intereses a patronos y trabajadores independientes
El pasado miércoles 14 de diciembre del 2022 se publicó en el Diario Oficial La Gaceta el “Reglamento de Condonación para la aplicación de la Ley 10.232 denominada ‘Ley autorización de condonación para la formalización y recaudación de las cargas sociales”, y el Transitorio IX del Reglamento, dentro de los cuales se regula la formalización de acuerdo de pago por deudas de patronos y trabajadores independientes con la institución.
Dentro de los principales aspectos a considera, tanto a nivel laboral como tributario, se encuentran los siguientes:
- Los patronos y trabajadores independientes podrán solicitar por una única vez la condonación de multas, recargos e intereses durante un período de doce meses, contados a partir de la entrada en vigencia del presente reglamento; es decir, a partir del día de ayer.
- La condonación será aplicada a aquellas multas, recargos e intereses adeudados que superen un año de antigüedad, desde la entrada en vigencia del reglamento.
- Aquellos trabajadores independientes que se inscriban durante el período de condonación podrán solicitar la condonación de las multas, recargos e intereses, siempre que se determine que sobre ellos procede una facturación adicional que considere períodos sujetos a condonación.
- La CCSS ejecutará la condonación de las multas e intereses del Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (FODESA), siempre que exista una resolución administrativa que la autorice a ejecutarla, emitida por el titular del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que establezca los términos y condiciones, en el marco de la Ley N°10.232.
- Durante los tres primeros meses contados a partir de la publicación del reglamento, la CCSS abocara la recepción de solicitudes para la conformación de un registro de patronos y trabajadores que resulten interesados en acogerse a la condonación; no obstante, las solicitudes se iniciaran a tramitar una vez que la CCSS culmine los ajustes necesarios en sus sistemas de información
- El plazo para el pago de las cuotas adeudadas será como máximo de 60 meses.
- Se tendrá por finalizado el convenio de pago por incumplimiento, toda vez que el deudor se encuentre moroso por más de 90 días naturales en el pago de las cuotas de su obligación.
- La condonación de las multas, recargos e intereses se aplicará hasta el momento en que el convenio de pago sea pagado en su totalidad.
- Para efectos de condonar multas, recargos e intereses que tengan períodos retroactivos, la deuda debe encontrarse en firme en sede administrativa y debidamente factura en SICERE. De esta manera, si existe un procedimiento de inspección y este se encuentra con el Informe resolutivo notificado, el administrado deberá renunciar a presentar los recursos que le asisten, en sede administrativa contra dicha resolución. Si existe un procedimiento de inspección y se encuentra en fase recursiva, el administrado deberá desistir de los recursos interpuestos, así como a cualquier reclamación futura en sede administrativa.
El Reglamento establece en sus disposiciones transitorias que, durante los primeros tres meses contados a partir del 14 de diciembre del 2022, la CCSS se abocará a la recepción de solicitudes para la conformación de un registro de patronos y trabajadores que resulten interesados en acogerse a la condonación. Estas solicitudes se comenzarán a tramitar una vez que la CCSS culmine los ajustes necesarios en sus sistemas de información, los cuales deberán realizarse en un plazo máximo de tres meses contados a partir del 14 de diciembre del 2022.
Consulte la publicación oficial en el siguiente enlace.