Estado de la Regulación Fintech en la Región Centroamericana

Equipo Regional de Fintech

 

El ecosistema Fintech de Latino América es muy dinámico y Centro América no es la excepción. De acuerdo al BID en su reciente Informe “Fintech en América Latina y el Caribe”, el ecosistema Fintech de América Latina y el Caribe ha crecido en un 112% desde el 2018 hasta la fecha, siendo éste liderado por Brasil, México, Colombia, Argentina y Chile. La región de Centro América representa únicamente el 6% del total de empresas Fintech en Latino América. Sin embargo, a pesar de que el ecosistema Fintech de Centro América representa un porcentaje pequeño en relación al resto de Latino América, es notorio que la región está siguiendo las tendencias de crecimiento y de los segmentos que predominan, como son los de pagos, préstamos y software financiero. En el presente artículo pretendemos brindar un panorama general del estado de la regulación Fintech en la región Centroamericana con el fin de comprender el ecosistema desde el punto de vista regulatorio. A continuación se presenta una breve descripción del estado de la regulación en cada país.

 

Guatemala

 

En Guatemala no existe regulación específica aplicable a Fintech’s, por lo que les aplican todas las obligaciones y requisitos que debe cumplir toda sociedad en el país, especialmente la regulación relativa a la prevención de lavado de dinero u otros activos y para prevenir y erradicar el financiamiento del terrorismo.

 

En el año 2021 la Superintendencia de Bancos, autoridad a cargo de la vigilancia e inspección de las entidades autorizadas para operar dentro del sistema financiero del país emitió un comunicado en el que informó a la población que en Guatemala la única unidad monetaria era el Quetzal y la única entidad autorizada para emitir billetes y monedas dentro del país, era el Banco de Guatemala, por lo que las monedas virtuales no eran monedas de curso legal en nuestro país.

 

No obstante, para coadyuvar a las potenciales relaciones entre las Fintech´s y las entidades que conforman el sistema financiero del país, dentro de las cuales se encuentran los bancos, financieras, aseguradoras, afianzadoras, etc, la Superintendencia de Bancos (“SIB”) creó un punto de encuentro denominado “SIB Innovation Hub” mediante el cual se apoya a la capacitación de las Fintech’s respecto de la legislación aplicable a sus negocios.

 

Honduras

 

En los últimos años en Honduras se ha experimentado un crecimiento del ecosistema Fintech, en parte, debido a la pandemia. A causa de ello, las autoridades han comenzado a regular ciertos aspectos de estos negocios y a finales del año 2021 el Congreso Nacional aprobó el Decreto No. 83-2021. Mediante dicho decreto se crea un marco legal general para regular la organización, operación y funcionamiento de las personas jurídicas nacionales y extranjeras que presten servicios de pago y transferencias. Adicionalmente, las sociedades que presten estos servicios deben obtener autorización del Banco Central de Honduras (BCH) o inscribirse en el Registro que para tal efecto llevará dicha Institución. Es así que as estas sociedades quedarán bajo la vigilancia del Banco Central de Honduras (BCH) y estarán sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) o del Ente supervisor correspondiente.

 

Derivado de este Decreto, el Banco Central de Honduras ha emitido recientemente normativa y reglamentos para regular las actividades y demás aspectos relacionados con este Decreto. A finales de Agosto 2022, se aprobó el Reglamento para los Servicios Ofrecidos por las Entidades Proveedoras de Servicios de Pagos Electrónicos (“Reglamento EPSPE”) y el Reglamento para los Servicios de Pago y Transferencia Utilizando Dinero Electrónico (“Reglamento INDEL).

 

El Reglamento EPSPE es aplicable a los servicios de pagos electrónicos y transferencias ofrecidos por las personas jurídicas nacionales y extranjeras que mediante plataformas tecnológicas brinden servicios de pagos y transferencias electrónicas en el territorio nacional. Asimismo mediante este Reglamento, se pretende facilitar y propiciar la inclusión y estabilidad financiera. Por otro lado, el Reglamento INDEL regula la organización, operación y funcionamiento que deben observar las personas jurídicas que brinden, en el territorio nacional, servicios de pagos y transferencias utilizando dinero electrónico.

 

En relación a activos digitales o criptomonedas, hasta el momento no existe regulación específica en el país. El Banco Central sin embargo ha manifestado que los criptoactivos no cuentan con respaldo de las leyes del país y por lo tanto cualquier transacción que se realice con los mismos será bajo el riesgo y responsabilidad de quien la lleve a cabo.

 

Finalmente, es importante mencionar que se ha impulsado una Mesa de Innovación Financiera por parte del BCH y la CNBS como un espacio de colaboración público-privado, para promover la innovación y la sana competencia en la prestación de productos y servicios financieros, mediante la adopción y uso de tecnología financiera.

 

El Salvador

 

En el Salvador, si bien es cierto, no existe una regulación específica para Fintech´s, podemos encontrar regulaciones que permiten a este tipo de empresas operar con un alto grado de certeza jurídica, entre ellas podemos mencionar: Ley Bitcoin, Ley de Firma Electrónica, Ley de Comercio Electrónico, Ley de Títulos Valores Electrónicos, Ley para Facilitar la Inclusión Financiera, las reformas a la Ley de Protección al Consumidor, en cuanto a los proveedores de comercio electrónico, entre otras.

 

Dichas normativas dotan a las Fintech´s de los habilitadores jurídicos necesarios para desarrollar la mayor parte de sus operaciones. Asimismo, es preciso mencionar que, la Secretaría de Innovación de la Presidencia de la República en su agenda digital a desarrollarse entre 2020-2030, en su punto 2.6 establece como una prioridad del Estado salvadoreño el acompañar a las Fintech´s en el desarrollo de un marco regulatorio propio para fortalecer los servicios financieros en el país, entre otras medidas de apoyo a dicho sector, que ha sido catalogado como indispensable para incrementar la inclusión financiera en el país. En el mismo sentido, la Política de Inclusión Financiera emitida por el Consejo Nacional de Inclusión y Educación Financiera, en su punto 80 y en su tabla número 5, establecen como una de las prioridades el desarrollo del entorno Fintech y la necesidad de apoyar tal sector de forma inmediata.

 

Finalmente, como parte de dichos esfuerzos, la Superintendencia del Sistema Financiero en coordinación con el Banco Central de Reserva han creado una Oficina de Innovación Financiera, como una herramienta de Política Pública que tiene como misión canalizar las iniciativas privadas que impulsen emprendimientos basados en tecnologías financieras en el país, acelerando la adopción de las mismas, a fin de facilitar el acceso y uso de servicios financieros para más salvadoreños. De igual manera, existe un paquete de reformas normativas dentro de las cuales se desatacan: Proyecto de Ley Fintech, Proyecto de Ley de Datos Personales y Habeas Data, Proyecto de Ley de la Agencia de Innovación, Proyecto de Ley de Identidad Digital, Proyecto de Ley para regular el resto de Criptoactivos, Proyecto de Ley para regular Organizaciones Autónomas Descentralizadas, Proyecto de Ley para regular Operaciones Financieras Descentralizadas, Proyecto de reformas al Código Civil, Proyecto de reformas al Código de Comercio.

 

Nicaragua

 

En Nicaragua, el Banco Central (“BCN”) publicó el “Reglamento de los Proveedores de Tecnología Financiera de Servicios de Pago y Proveedores de Servicios de Activos Virtuales” que regula a los Proveedores de Tecnología Financiera de Servicios de Pago, que proveen servicios de pago con carteras digitales, puntos de ventas móviles, dinero electrónico, servicios de compraventa e intercambio de divisas de forma electrónica, servicios de transferencias de fondos y/o pasarelas de pago online; y a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales que en nombre de otros realizan intercambio entre activos virtuales y monedas fíat; intercambio entre una o más formas de activos virtuales; transferencia de activos virtuales; custodia y/o administración de activos virtuales o instrumentos que permiten el control sobre activos virtuales; y participación y provisión de servicios financieros relacionados con la oferta de un emisor y/o venta de un activo virtual. Todos los proveedores deben registrarse ante el BCN y ante la Unidad de Análisis Financiero; las instituciones reguladas por la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras y por la Comisión Nacional de Microfinanzas que presten los servicios regulados no requerirán realizar el trámite de solicitud de licencia ante el BCN, pero deberán registrarse y estarán sujetos a las disposiciones establecidas en el Reglamento. Ante el crecimiento de las nuevas tecnologías, actualmente se está trabajando un Proyecto de Ley de Proveedores de Tecnología Financiera (Fintech) que está siendo impulsado por el BCN, pero todavía no ha sido promovido ante la Asamblea Nacional. Este proyecto mantiene las dos categorías de proveedores existentes y agrega la nueva categoría como Proveedor de Servicios de Tecnología Financiera de Intermediación y Financiamiento. Hasta la fecha se han registrado ante el BCN aproximadamente 12 instituciones, entre ellos la mayoría de los bancos que operan en el país y empresas Fintech que ofrecen diferentes tipos de servicios. Con el Reglamento y el Proyecto de Ley se está regulando de manera más íntegra un ambiente favorable para la prestación de servicios Fintech. Estas iniciativas regulatorias permiten que cada vez más empresas se animen a incursionar en el mercado nicaragüense.

 

Costa Rica

 

El ecosistema Fintech en Costa Rica presenta una actividad creciente durante los últimos años, lo que ha generado interés no sólo de los usuarios sino de los órganos supervisores.

 

Es así como, si bien no existe normativa específica para este sector, como una “Ley Fintech”, sí se han emitido leyes y reglamentos que regulan en forma directa o indirecta según el caso, las actividades que realizan las empresas que participan en segmentos de negocio que pueden considerarse parte del ecosistema Fintech. En particular, son de interés las disposiciones para la prevención de los delitos de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva, que deben cumplir las empresas dedicadas a las pasarelas de pagos, compañías de remesas, empresas de crédito que no sean intermediarios financieros ya supervisados, entre otros. Estos deben cumplir con su inscripción ante la Superintendencia General de Entidades Financieras, eso sí, únicamente para efectos de ser supervisados en materia de AML.

 

Otro aspecto importante en Costa Rica es la existencia del Sistema Nacional de Pagos Electrónicos, SINPE, administrado por el Banco Central de Costa Rica, que permite y facilita las transferencias de fondos interbancarias en tiempo real y a muy bajo costo, incluso gratis en algunos casos. En este sistema, además de todas las entidades bancarias y financieras del país, pueden participar los “proveedores de servicios de pago”, incluyendo empresas Fintech que se dediquen a actividades como las anteriormente mencionadas.  Para el ingreso y operación en el SINPE, se requiere registrarse en el Banco Central cumpliendo los requisitos técnicos que éste existe, y la inscripción ante la SUGEF. El Banco Central se ha mostrado abierto a la incorporación de empresas Fintech en el SINPE, y de hecho ya hay algunas que participan activamente.

 

En cuanto a los activos digitales o criptomonedas, no existe regulación. El Banco Central se ha manifestado en forma restrictiva, indicando que estos activos no son moneda de curso legal y por tanto su comercialización se realiza por cuenta y riesgo de quien se involucre.  

 

Recientemente fue presentado a la Asamblea Legislativa un proyecto de ley que pretende regular la figura del proveedor de Servicios de Activos Virtuales, como sujeto obligado en materia de prevención de AML, en línea con las recomendaciones emitidas por GAFI en 2021.

 

Finalmente, es importante destacar que en abril 2022 las autoridades costarricenses lanzaron el Centro de Innovación Financiera, que es un espacio de diálogo y consulta para quienes deseen desarrollar iniciativas de innovación tecnológica en productos o servicios financieros, y que fue creado con el apoyo del BID Se espera que sea un punto de contacto valioso en el ecosistema Fintech, de ayuda con el entendimiento del marco regulatorio, recopilación e intercambio de información.

 

Comentarios Finales

 

Si bien es cierto los retos en la región Centro Americana para el ecosistema Fintech están relacionados al tamaño de las economías, también se destaca en los países Centroamericanos, la innovación, el emprendimiento y el dinamismo de las iniciativas que están trayendo soluciones a problemas del mercado. Especialmente en Centro América, como se está evidenciando, se presentan oportunidades para el desarrollo del ecosistema Fintech. A pesar de que en la región no se cuenta con un marco regulatorio robusto, se destaca el creciente interés de los reguladores de la región en comprender el desarrollo del ecosistema y propiciar espacios de colaboración, así como el impulso de políticas de inclusión financiera.