Poderes otorgados en el extranjero ante notario guatemalteco
|

Poderes otorgados en el extranjero ante notario guatemalteco

Escrito por: Rafael Alvarado Nuestra ley, específicamente el artículo 43 de la Ley del Organismo Judicial, faculta a los Notarios guatemaltecos para poder actuar en el extranjero. Dicha norma estipula lo siguiente: “ARTICULO 43. Actuación notarial en el extranjero.   Los funcionarios diplomáticos y consulares guatemaltecos, cuando sean notarios, están facultados para hacer constar hechos que…

La Convención Interamericana sobre régimen legal de poderes para ser utilizados en el extranjero y su aplicación en Guatemala
|

La Convención Interamericana sobre régimen legal de poderes para ser utilizados en el extranjero y su aplicación en Guatemala

Escrito por: Rafael Alvarado En nuestra práctica profesional se nos ponen a la vista frecuentemente poderes otorgados en el extranjero, y hay que tener presente que como Notarios tenemos que hacer constar que la representación legal que se ejerce mediante dicho poder es suficiente conforme a la ley y a nuestro juicio para el acto o…