Escrito por: Bertha X. Ortega
A propósito de la celebración este Primero de Mayo del Día internacional de los trabajadores, considero de mucha importancia referirnos al derecho al trabajo de las personas con discapacidad, de su inclusión como trabajadores en los centros de trabajo.
El tema de la inclusión laboral de las personas con discapacidad se debe analizar desde cuatro pilares diferentes pero complementarios: la parte normativa, la autoridad de aplicación, las empresas o empleadores y las organizaciones de las personas con discapacidad.
En relación con la parte normativa, la Ley de Derechos de Personas con Discapacidad regula en forma clara el derecho al trabajo en igualdad de oportunidades y sin discriminación de las personas con discapacidad y establece en forma meridiana la obligación de las empresas y empleadores personas naturales de contratar personas con discapacidad atendiendo al número de trabajadores que tiene la misma.
Las empresas pequeñas con menos de 10 trabajadores no están obligados a contratar personas con discapacidad, si la empresa tiene 10 trabajadores y menos de 50 en planilla están obligados a contratar al menos a un trabajador discapacitado y si tiene 50 o más, al menos el 2% del número de trabajadores en nómina. La mencionada ley establece porcentajes mínimos para cumplir con la norma tuteladora, mínimo que puede ser superado por la decisión empática de los empleadores.
En relación con la autoridad de aplicación, el Ministerio del Trabajo en su rol de vigilar el cumplimiento de las normas laborales, ha hecho un esfuerzo a través de las inspecciones ordinarias de exigir a los empleadores el cumplimiento de la obligación de contratar personas con discapacidad.
Los dos primeros pilares para lograr la inclusión, la normativa y la autoridad de aplicación están alineados, el tercer pilar, los empleadores o empresas, constituyen el punto neurálgico de este tema.
En muchas ocasiones frente a esta obligación las empresas esgrimen muchos argumentos para fundamentar su imposibilidad material de cumplir con esta obligación, entre otras, que sus puestos de trabajo son muy técnicos y que tienen que desempeñarlos personas con todas sus capacidades, que no tienen vacantes, que no tienen recursos para efectuar adecuaciones en las instalaciones físicas para contratar personas con discapacidad, etc, etc y frente a todos esos planteamientos, el porcentaje de personas con discapacidad que han logrado una inclusión laboral continúa siendo muy baja y siempre hay empleadores que están siendo multados por el MITRAB por no cumplir con la ley.
Frente a esta actitud, es importante señalar que la inclusión laboral de las personas con discapacidad debería ser para las empresas más que una obligación legal, una forma empática de permitirle a estas personas excluidas aportar su grano de arena en el desarrollo económico de la sociedad, darles una oportunidad tiene muchos efectos, se cumple con la ley, se le permite a la persona con discapacidad sentirse útil en medio de su situación particular y se contribuye a vivir en una sociedad más inclusiva y equilibrada. Y se ponen a tono con la disposición constitucional que estipula que la propiedad privada debe cumplir una función social.
No es fácil el cambio de paradigmas y aquí es importante luchar desde adentro de las organizaciones para cambiarlos, como decimos muchas veces pensar fuera de la caja.
Pensar fuera de la caja significa, dejar a un lado todos los argumentos que han impedido una inclusión efectiva de estas personas en el mundo laboral y comenzar a pensar en que las oportunidades son posible si tenemos como guía la “persona correcta en la silla correcta” ya que no estamos hablando de personas con discapacidades excluyentes, porque éstas le impiden totalmente a las personas en edad de laborar su inclusión social. Nos referimos a discapacidades parciales y hay una gama de discapacidades de este tipo, así como puestos de trabajo hay en una empresa, por lo que siempre habrá la oportunidad de que alguien calce en alguno de ellos por sus capacidades no por lo que está imposibilitado de hacer.
La experiencia demuestra que las personas con discapacidad son trabajadores eficientes y responsables y hay muchos casos en que se han constituido como ejemplos a seguir.
Finalmente, el cuarto pilar: las organizaciones de las personas con discapacidad deben desarrollar alianzas con organizaciones que les puedan ayudar a que la ley se cumpla, deben tener una actitud propositiva que contribuya a que sus miembros puedan hacer realidad lo que la norma establece.